Para que adquiera validez, el segundo o posterior testimonio (sea una escritura o un reglamento) debe ser inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble.

 

SI EL ESCRIBANO QUE REDACTO LA ESCRITURA ES DE PCIA. BS. AS

Modo Común: (30/40 días) - $ 30000.-

Modo Urgente: (12/15 días) - $ 60000.-

 

SI EL ESCRIBANO QUE REDACTO LA ESCRITURA NO ES DE PCIA. BS. AS

Abona adicionalmente Visado

En cualquiera de los modos $ 35799.-

 

Los valores indicados son finales, incluyen diligenciamiento, confeccion de minutas, rogatorias, sellados y honorarios.

GESTORIA UNO - Consulta Segundo testimonio

 

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